Guía Salud México
El aviso de funcionamiento es el documento con el que notificas a la COFEPRIS que tu consultorio o clínica inicia operaciones y que cumple con la normativa sanitaria aplicable. Es obligatorio para los establecimientos de salud que no requieren licencia sanitaria, es gratuito y, a diferencia de un permiso, no espera aprobación: surte efectos desde que lo presentas. La obligación está prevista en el artículo 200 Bis de la Ley General de Salud.
Qué es exactamente el aviso de funcionamiento
Se trata de una manifestación formal ante la autoridad sanitaria: le informas quién eres, dónde está tu establecimiento, a qué se dedica y quién es su responsable sanitario. Con ese acuse, la autoridad te tiene identificado dentro del padrón de establecimientos y puede verificar, cuando lo considere, que operas conforme a la Ley General de Salud y sus reglamentos.
Aunque es un trámite sencillo, tiene un peso enorme en la vida diaria de un consultorio: te lo pedirán en visitas de verificación, al tramitar tu permiso de publicidad ante COFEPRIS, al firmar convenios con aseguradoras y en general en cualquier gestión donde debas acreditar que ejerces de forma regular.
Aviso de funcionamiento y licencia sanitaria no son lo mismo
- Aviso de funcionamiento: notificación de efecto inmediato para establecimientos de menor riesgo sanitario, como la mayoría de los consultorios médicos y dentales.
- Licencia sanitaria: autorización previa y expresa para establecimientos de mayor riesgo, por ejemplo, hospitales, unidades con internamiento o establecimientos que utilizan fuentes de radiación como equipos de rayos X.
Si tu consultorio cuenta con equipo de imagenología con radiación ionizante, verifica el régimen aplicable antes de abrir, porque en ese caso el aviso no basta.
Quién está obligado a presentarlo
Deben presentar aviso de funcionamiento, entre otros:
- Consultorios de medicina general y de especialidad.
- Consultorios dentales.
- Consultorios de nutrición, psicología y otras áreas de la salud.
- Clínicas ambulatorias sin internamiento de pacientes.
- Establecimientos que venden o distribuyen insumos para la salud.
La regla general es clara: si tu establecimiento presta servicios de salud y no está en los supuestos que exigen licencia sanitaria, te corresponde el aviso de funcionamiento.
El responsable sanitario de tu consultorio
Junto con el aviso de funcionamiento se presenta el aviso de responsable sanitario. El responsable es el profesional que responde ante la autoridad por la operación sanitaria del establecimiento; en un consultorio suele ser el propio médico titular. Necesitarás acreditar su título y cédula profesional, y mantener el nombramiento actualizado si la persona cambia.
Documentos y datos que pide el trámite
Prepara la siguiente información antes de llenar el formato:
- Datos del propietario: nombre o razón social, RFC e identificación oficial.
- Domicilio completo del establecimiento y fecha de inicio de operaciones.
- Giro o actividad del establecimiento (se identifica con la clave correspondiente del catálogo oficial).
- Horario de funcionamiento.
- Datos del responsable sanitario: nombre, cédula profesional e institución que expidió el título.
- Firma del propietario o representante legal; para la vía digital, la e.firma del SAT.
Cómo tramitarlo paso a paso
- Reúne la documentación del propietario, del establecimiento y del responsable sanitario.
- Elige la vía de presentación. Puedes hacerlo en línea a través de la plataforma digital de trámites de COFEPRIS (DIGIPRiS) con tu e.firma, o de forma presencial en el Centro Integral de Servicios de COFEPRIS o ante la autoridad sanitaria de tu estado, según el giro.
- Llena el formato de aviso de funcionamiento y de responsable sanitario sin errores: los datos deben coincidir con tu RFC y tu cédula.
- Preséntalo y conserva el acuse. El acuse sellado o el folio digital es tu comprobante; tenlo siempre disponible en el consultorio.
El trámite es gratuito y de efecto inmediato. En cuanto al plazo, la Ley General de Salud señala que el aviso debe presentarse dentro de los diez días posteriores al inicio de operaciones; lo recomendable es hacerlo antes de abrir para operar en regla desde el primer día. Consulta los requisitos vigentes en gob.mx/cofepris.
Qué pasa si operas sin aviso de funcionamiento
Operar sin haber presentado el aviso te expone a consecuencias que van escalando:
- Multas determinadas conforme a la Ley General de Salud, cuyo monto depende de la gravedad y puede resultar significativo; verifica los rangos vigentes en fuentes oficiales.
- Suspensión de actividades o clausura en los casos graves detectados en una verificación sanitaria.
- Bloqueo de otros trámites: sin aviso de funcionamiento no podrás obtener tu permiso de publicidad ni acreditar tu operación ante terceros.
Mantén tu aviso actualizado
El aviso no vence, pero sí debe reflejar la realidad de tu establecimiento. Presenta un aviso de modificación cuando cambie el domicilio, el propietario, el giro, el horario o el responsable sanitario. Un aviso desactualizado genera observaciones en cualquier verificación.
En Guía Salud México gestionamos el aviso de funcionamiento ante COFEPRIS para consultorios y clínicas: preparamos la documentación, presentamos el trámite y te entregamos el acuse listo para operar. Si estás por abrir tu consultorio o nunca presentaste el tuyo, agenda una asesoría y lo resolvemos contigo.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta el aviso de funcionamiento?
El trámite ante la autoridad sanitaria es gratuito. Solo pagarías honorarios si decides apoyarte en un gestor o una agencia para preparar y presentar la documentación correctamente.
¿El aviso de funcionamiento se renueva cada año?
No. El aviso no tiene vigencia anual: permanece válido mientras los datos declarados no cambien. Lo que sí debes hacer es presentar avisos de modificación cuando cambie el domicilio, el giro, el propietario o el responsable sanitario.
¿Lo presento ante COFEPRIS o ante la autoridad de mi estado?
Depende del giro del establecimiento y de los acuerdos de coordinación de cada entidad. Los consultorios suelen presentarlo ante la autoridad sanitaria estatal, aunque el formato es el mismo; en la vía digital, la plataforma te dirige a la instancia correcta.

